Autor : David Salazar

Luz Piedad Valencia Franco continuará en la cárcel Villa Cristina de Armenia.
La exalcaldesa cumple una sentencia de 6 años y 5 meses de cárcel, aunque recibió varias rebajas.
El Juzgado Segundo de Ejecución de Penas y Seguridad, de Calarcá, negó la libertad condicional a la exalcaldesa de Armenia, Luz Piedad Valencia Franco, porque su solicitud no cumplió con los requisitos subjetivos de ley.
La judicatura señaló que Valencia Franco se amparó en el crimen y actuó con maldad con su participación en el escándalo de la valorización, por lo cual fue juzgada y purga una condena de 6 años y 5 meses de cárcel.
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“Si bien es cierto que la rea ha tenido un comportamiento ejemplar dentro de su estadía en reclusión y ha aprovechado su tiempo con trabajo y enseñanza —por lo que se le han reconocido redenciones de pena—, debido a la gravedad de las conductas cometidas se hace necesario que, como retribución justa, la condenada cumpla con la sanción en su totalidad, debido a la gravedad de las circunstancias fácticas que conllevaron a la comisión de los delitos”.
Seguidamente, el despacho explicó el porqué de esta determinación.
“Las acciones al margen de la ley en contra de la administración pública son hechos que por sí solos representan una grave afrenta a los intereses del Estado y hace que este ilícito sea excluido de la concesión de algunos subrogados penales y beneficios administrativos tal como lo establece el artículo 68A del estatuto represor (...) es cierto que esto no se debe tener en cuenta para la libertad condicional, sin embargo, la misma Corte Constitucional ha considerado que este es un elemento indispensable al momento de la valoración de la gravedad de la conducta punible”.
Requisitos objetivos
Luz Piedad Valencia Franco, hasta las 24 horas del 13 de agosto de 2021, cumplió un total 54 meses y 7.5 días —3 años y 4 meses de prisión—, tiempo que supera las 3/5 partes de la pena de 77 meses de prisión que le fuera impuesta, (porque equivaldría a 46 meses y 6 días) cumpliendo así el primer requisito exigido para el otorgamiento de la libertad condicional.
“El adecuado desempeño y comportamiento que ha observado la condenada durante el tratamiento penitenciario, en atención a que, de las diferentes calificaciones de conducta obrantes en el expediente, se colige que el mismo siempre ha estado calificado en los grados de bueno y ejemplar”, expresó el juez.
Además, la exalcaldesa demostró su arraigo familiar en Armenia, ciudad donde ocurrieron los crímenes de falsedad ideológica en documento público, peculado por apropiación, contrato sin cumplimiento de los requisitos legales e interés indebido en la celebración de contratos.
Habrá apelación
Andrés Garzón, abogado de la exalcaldesa de Armenia, Luz Piedad Valencia Franco, manifestó que apelará la decisión del Juzgado Segundo de Ejecución de Penas y Seguridad de Calarcá que negó la libertad condicional a su prohijada.
“Negaron la libertad condicional a una persona que se arrepintió, pagó con cárcel, devolvió lo apropiado, el derecho a resocializarse. Si esto es así, la pena impuesta a Luz Piedad tiene como única finalidad: vengarse de ella, finalidad que está prohibida por la Constitución y todos los tratados de Derechos Humanos del mundo”, dijo Garzón.
El recurso será radicado en los próximos días ante el juez primero del circuito de conocimiento de Armenia, despacho que dio la sentencia a la exburgomaestre.
“Por conducto pasará a ese juzgado, pero esperamos que el juez se declare impedido por su decisión de condenarla”, señaló el profesional del derecho.
En el caso que el representante de la judicatura se declare impedido, la decisión pasaría a ser responsabilidad del Juzgado Segundo Penal del Circuito de Conocimiento de la capital quindiana.
Valencia Franco fue condenada a 77 meses de cárcel, multada con 50.000 salarios mínimos mensuales legales del 2019 e inhabilitada para ejercer cargos públicos. El auto también asegura que la exalcaldesa solo ha cancelado el 9.94 % del daño emergente.