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Quindío / FEBRERO 14 DE 2024 / 2 meses antes

Quimbaya y Montenegro prohíben consumo de estupefacientes en lugares públicos

Autor : Andres Felipe Ramos Gámez

Quimbaya y Montenegro prohíben consumo de estupefacientes en lugares públicos

La idea es que espacios como parques, polideportivos, y los frecuentados por familias estén libres de factores de riesgo como la droga y el alcohol.

Calarcá, La Tebaida y Circasia son otros municipios del Quindío que ya elaboran un decreto similar.

Los municipios de Quimbaya y Montenegro prohibieron el consumo de sustancias sicoactivas en lugares públicos. Cabe anotar que Armenia adoptó la restricción desde el pasado 23 de enero.

En otras localidades, como Calarcá, La Tebaida y Circasia, están en la etapa de verificación y construcción del documento para también implementar la prohibición.

En el caso de Quimbaya, la restricción empezó a aplicarse desde el pasado 2 de febrero, con el decreto 047. 

“Siendo coherentes y responsables con el discurso que manejamos durante la campaña, y antes de llegar a la administración municipal, encontramos el malestar de la gente por el consumo de sustancias sicoactivas en vías públicas, parques, colegios, por ello la decisión de restringir”, manifestó Juan Manuel Rodríguez Brito, alcalde de Quimbaya.

Una vez se puso en marcha el decreto, el mandatario efectuó un llamado a las autoridades para que apliquen el Código de Policía y sancionen a aquellos que no cumplan con la orden.

“El compromiso de nosotros es trabajar por la niñez, el medio ambiente y, sobre todo, por una convivencia pacífica para todos los habitantes de la localidad. Nuestro propósito es tener una Quimbaya en paz, tranquila y con corazón”, resaltó Rodríguez Brito.

La restricción arropa escenarios como instituciones educativas públicas y privadas, parques y plazas públicas, centros deportivos y recreativos.

Así mismo, espacios o escenarios que se encuentran por fuera de las restricciones anteriores donde se lleven a cabo eventos públicos o privados y concurran niños y adolescentes, mientras dura la actividad.

Por parte de Montenegro, quedó establecido el decreto 027 de la actual vigencia, al igual que en Quimbaya la medida aplica en parques, instituciones educativas, centros deportivos y de recreación.

El mensaje entregado desde la administración municipal fue: “Desde el amor se hace un llamado a la colaboración y comprensión de la comunidad para asegurar el cumplimiento de este decreto. Se espera que estas medidas contribuyan a la construcción de un Montenegro más sano, saludable, y respetuoso para todos”. 

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Elaboración del documento

En otras localidades como Calarcá, La Tebaida y Circasia, están en la etapa de elaboración y análisis de lo que quedará plasmado en el documento.

En ese sentido, desde Circasia indicaron que muy pronto se firmará el decreto municipal y se dará a conocer a toda la opinión pública territorial.

“Desde la administración municipal se está proyectando un decreto municipal que busca reglamentar, principalmente con fines restrictivos, el consumo de sustancias sicoactivas en espacios públicos, especialmente en parques, polideportivos, todo el amoblamiento urbano que hace parte del mencionado espacio del municipio”.

Se agregó en el reporte: “Consideramos que es necesaria la medida en búsqueda de la protección de la familia, la niñez y la adolescencia que hace uso de esos espacios con fines recreativos y deportivos”.

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La restricción

El pasado 10 de enero de 2024 el Gobierno Nacional, a través del ministerio de Justicia y Derecho, expidió el protocolo para la aplicación de artículos del Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana, relacionados con la restricción del consumo de sustancias sicoactivas en parques y zonas del espacio público. 

El ministro de Justicia y del Derecho, Néstor Iván Osuna Patiño, dijo que, dentro de esa posibilidad de restricción en espacios públicos, que les da la ley a los alcaldes.

“Es una guía que no es vinculante, pero que sí hace énfasis en los derechos de los niños, niñas y adolescentes, para que las administraciones locales, a lo largo del país, tengan en cuenta circunstancias de modo, tiempo y lugar, para que puedan restringir ese consumo en algunos espacios de especial valor cultural e histórico para la comunidad, como parques, escenarios educativos, de recreación, de reunión de familias, entre otros”.


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